Islas Caimán y la sustancia económica en este país se refiere al requisito que se aplica a las empresas registradas en esta jurísdicción para demostrar que tienen una presencia real y efectiva en el país.
El objetivo de esta política es evitar que se utilice a Islas Caimán como un lugar para eludir impuestos en otros países.
Para cumplir con el requisito de sustancia económica, las empresas deben demostrar que tienen una cantidad adecuada de empleados, gastos y actividades económicas en las Islas Caimán.
Igualmente, deben ser dirigidas y controladas desde el país, y tener acceso a recursos adecuados para llevar a cabo sus actividades comerciales.
La política de sustancia económica en Islas Caimán ha sido implementada como parte de los esfuerzos globales para combatir la evasión fiscal y la elusión de impuestos, y ha sido bien recibida por los gobiernos de otros países.
La implementación de esta política ha llevado a una mayor transparencia y responsabilidad en el sector empresarial de Islas Caimán, y ha ayudado en la reputación del país como un centro financiero confiable y responsable.
La Ley de Cooperación Fiscal Internacional (Sustancia Económica) de 2018, entró en vigor el 1 de enero de 2019 en Islas Caimán e introduce ciertos requisitos de reporte y sustancia económica para las Entidades Relevantes que llevan a cabo Actividades Relevantes.
- Las Entidades Relevantes que no realicen una Actividad Relevante continuarán ingresando anualmente una notificación que deberá presentarse en el Registro de Compañías, para que sea aceptado el pago de la tasa gubernamental anual.
- Se requerirá que las Entidades Relevantes que lleven a cabo Actividades Relevantes presenten una notificación anualmente (como se explicó anteriormente) y reporten información anualmente a la Autoridad de Información Tributaria de las Islas Caimán («TIA” por sus siglas en inglés) a través del portal del Departamento para la Cooperación Fiscal Internacional (“DITC” por sus siglas en inglés).
Plazos del primer Año | Islas Caimán
El DITC aclaró recientemente que las fechas límite para las presentaciones de Declaración de Sustancia Económica (ESR) del primer año son las descritas a continuación.
Entidades Residentes Fiscales en otra Jurisdicción
- Para las entidades que reportan un año fiscal (es decir, un período) que finalice en cualquier momento entre el 31 de diciembre de 2019 y el 29 de febrero de 2020 (incluyendo ambas fechas) y que afirman ser residentes fiscales en otra jurisdicción, la fecha límite es el 28 de febrero de 2021. Con el fin de evitar dudas, este plazo se aplica independientemente de la actividad relevante que se esté realizando.
- Para entidades que reporten un período que finalice a partir del 1 de marzo de 2020 en adelante, el plazo es 12 meses después de la fecha de finalización del período.
Entidades que realizan negocios de Propiedad Intelectual (PI)
- Para las entidades relevantes que realicen negocios de Propiedad Intelectual y que reporten un período que finalice en cualquier momento entre el 31 de diciembre de 2019 y el 29 de febrero de 2020 (incluyendo ambas fechas), la fecha límite es el 28 de febrero de 2021.
- Para entidades que reporten un período que finalice a partir del 1 de marzo de 2020 en adelante, el plazo es 12 meses después de la fecha de finalización del período.
Entidades que llevan a cabo Actividades Relevantes (excepto negocios de Propiedad Intelectual)
- Para las entidades relevantes que realicen cualquiera de las actividades relevantes, excepto negocio de PI, y que reporten un período que finalice en cualquier momento entre el 31 de diciembre de 2019 y el 30 de abril de 2020 (incluyendo ambas fechas), la fecha límite es el 30 de abril de 2021.
- Para entidades que reporten un período que finalice a partir del 1 de mayo de 2020, el plazo es 12 meses después de la fecha de finalización del período.
¿Qué debemos hacer?
Si la notificación de Sustancia económica de 2019 de su entidad, presentada durante 2020, confirmó que la entidad lleva a cabo una Actividad Relevante o es Residente Fiscal en otra jurisdicción, por favor comuníquese con nosotros a [email protected] para brindarle más información sobre presentación de la Declaración de Sustancia Económica (ESR) de su entidad y todo a lo relacionado a esta área en Islas Caimán, BVI y más.
Si la Persona Responsable de la entidad, es decir, la persona que firmó la Notificación de Sustancia Económica de 2019, recibió un correo electrónico del portal DITC solicitando activar una cuenta, por favor comuníquese con nosotros a [email protected] para brindarle más información sobre la presentación de la Declaración Sustancia Económica (ESR) de su entidad.
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